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Liberation Day ¿Liberación o liberalización?

3 de abril de 2025

Publicado en

El Mundo

Gonzalo Villalta Puig |

Catedrático de Derecho Internacional Público de la Universidad de Navarra

Es irónico que la segunda presidencia de Donald Trump haya designado el 2 de abril de 2025 como Liberation Day, por marcar la fecha de la subida unilateral de aranceles por parte de Estados Unidos, replegándose tras los muros del aislacionismo y el proteccionismo.

La subida de aranceles es todo lo contrario a la liberación, si esta la entendemos como expresión de libertad. La libertad —económica— exige la retirada de intervenciones estatales sobre la agencia económica del ciudadano. El libre comercio, principio básico de la libertad económica, exige, por lo tanto, la retirada de barreras a la libre circulación de mercancías y servicios. Esta libertad se ejerce en servicio al bien común, porque en la libre circulación entre mercados libres radica la base de la prosperidad de la persona y de la comunidad.

La explicación es sencilla: ante la retirada de barreras fiscales y no fiscales a la entrada de importaciones, los países tienden a especializarse en lo que producen mejor y de forma diferenciada, aprovechando sus ventajas comparativas (desde su clima hasta el tamaño de su población). Con esta eficiencia, se beneficia la persona como consumidora —quien podrá acceder a mayor calidad a menor precio— y se beneficia la comunidad como mercado, al enriquecerse con el ahorro reinvertido por el consumidor. Con la prosperidad viene la paz, de la mano de la interdependencia entre países que conlleva la integración económica.

En términos económicos, a largo plazo, ninguna política proteccionista es defendible, como sugieren las recientes caídas en las principales bolsas del mundo. Y en términos legales, tampoco. A nivel multilateral, las subidas unilaterales de aranceles van en contra del estado de derecho internacional y el principio de comercio sin discriminaciones, tal como lo establecen el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio y los demás tratados de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Estados Unidos se comprometió, al acceder a la OMC, a respetar unas horquillas arancelarias —relativamente bajas— que ahora estaría vulnerando, supuestamente, al elevar los aranceles por encima de lo comprometido. Y la OMC —a la que los países afectados por las subidas podrían recurrir— ya no dispone de un Órgano de Apelación operativo, al no estar cubiertas sus vacantes, en parte debido a la oposición estadounidense.

A nivel bilateral, las subidas unilaterales de aranceles contravendrían, en principio, los distintos acuerdos de libre comercio que Estados Unidos ha firmado a lo largo de estos años, incluido, curiosamente, el tratado con Canadá y México —países especialmente afectados por estas subidas—, aunque dicho tratado fue renegociado durante el primer mandato de Trump. La presidencia estadounidense argumenta que se ve obligada a realizar estas subidas en defensa de su seguridad nacional, pero esta es una justificación jurídicamente controvertida y difícil de sostener entre socios comerciales aliados como Canadá, el Reino Unido y la Unión Europea.

Queda la explicación política. Esta tiene indudable legitimidad democrática. Pero, en democracia, la acción política sirve mejor al bien común cuando se fundamenta en la legalidad del orden internacional y en la prosperidad compartida del libre comercio.