3 de octubre de 2012
Ciclo de conferencias
EN TORNO A LA EXPOSICIÓN OCCIDENS. DESCUBRE LOS ORÍGENES
El solar navarro: del contexto de un Imperio al nacimiento y desarrollo de un Reinos
Dña. Mercedes Galán Lorda
Universidad de Navarra
Navarra, simplemente por su situación geográfica, ha formado siempre parte de la cultura occidental. Esta cultura, síntesis de las aportaciones de distintos pueblos, desde los primitivos pobladores de Europa, a los que se sumaron los celtas y los pueblos colonizadores del mediterráneo, se enriqueció notablemente gracias a Roma, al cristianismo y también al espíritu germánico.
El solar navarro puede tomarse como muestra de la fusión cultural que se ha producido a lo largo del tiempo. En el mundo romano, Navarra comenzó siendo parte de la provincia Citerior, conquistada por Roma a partir del 218 a C. Puede considerarse una fecha relevante la fundación de Pamplona por Pompeyo en el 74 a. C. Inicialmente fue una ciudad estipendiaria, transformada en municipio al conceder la latinidad Vespasiano a los hispanos en el 73-74 d. C. Pamplona, como el resto del territorio navarro, asimiló la cultura romana, época de la que se conservan abundantes y valiosos restos. La población fue atravesando los diferentes estatus jurídicos característicos del mundo romano: inicialmente barbari, fueron adquiriendo de forma individual y más tarde general, las condiciones de peregrinos, latinos y, finalmente, ciudadanos, lo que suponía disfrutar en plenitud de la principal aportación del mundo romano: el derecho romano. Fue también en el contexto del Imperio en el que Navarra conoció y practicó el cristianismo, con plena libertad a partir del Edicto de Milán (año 313). El espíritu cristiano aportó cambios sustanciales y humanizó el derecho romano.
La caída del Imperio de Occidente (año 476) fue un punto de inflexión importante al dar paso a una nueva estructura política: la de los reinos germánicos. Surgió así la España visigoda, de la que cabe destacar una nueva forma de gobierno que se prolongó en el tiempo: la monarquía. Además, el espíritu germánico aportó un fuerte sentido de comunidad que se reflejó en formas de propiedad mancomunada, en una mayor participación popular, o en la importancia de los lazos familiares, elementos presentes en la Navarra medieval y, muy particularmente, en el derecho navarro.
Navarra surgió como entidad política independiente en la Edad Media, precisamente con motivo de la desintegración de la España visigoda y de la invasión musulmana de la península ibérica. Inicialmente se denominó, hasta mediados del siglo XII, reino de Pamplona, contando con su propia monarquía, sus propias instituciones y su derecho. Este derecho se construyó sobre la base de tres pilares: el derecho romano vulgar, el derecho consuetudinario germánico y el derecho canónico, y fue creciendo y desarrollándose a medida que también lo hacía el reino.
La conquista del territorio navarro por Fernando el Católico en 1512 supuso inicialmente un cambio dinástico, aunque Navarra siguió siendo un reino independiente. Tres años después, en 1515, la incorporación a la corona de Castilla conllevó la integración en una entidad política superior, la de una corona, en la que sin embargo Navarra siguió siendo especial. Esta especialidad radicaba en que fue el único territorio al que, dentro de Castilla, se le permitió mantener la condición de reino separado, lo que suponía conservar su autonomía de gobierno, manteniendo unas Cortes propias con su Diputación, sus propios tribunales de justicia, su propio sistema financiero, y el control de sus entes administrativos a nivel local y territorial, instituciones regidas todas ellas por el derecho navarro.
La alteración radical de esta situación se produjo a partir de 1812, con el nuevo régimen constitucional, de carácter uniformista y centralizador. El primer tercio del siglo XIX se caracterizó en Navarra por la pervivencia de sus propias instituciones en la medida en que se mantuviese el Antiguo Régimen. De hecho, desde 1836, al concluir la primera guerra carlista, se impondrá gradualmente el nuevo régimen constitucional e irán suprimiéndose las instituciones navarras. Oficialmente desde 1841 Navarra perdió su condición de reino y se convirtió en provincia. Sin embargo, su Diputación provincial conservó unas competencias especiales respecto al resto de Diputaciones provinciales en materia fiscal y administrativa, lo que determinó el nacimiento de un régimen foral.
Desde 1841 hasta la actualidad el régimen foral navarro ha perdurado como estatuto jurídico específico de Navarra, determinando que, ya dentro del sistema democrático, en el actual Estado de las Autonomías, Navarra constituya una Comunidad foral, denominación que refleja la pervivencia en el tiempo de una autonomía de carácter histórico.
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Joaquín de Elizondo: Novíssima Recopilación de las Leyes del Reino de Navarra, 1735. Grabado de Juan de la Cruz