España-Israel: La complejidad del comercio de armas

España-Israel: La complejidad del comercio de armas cuando un conflicto está en curso

COMENTARIO

29 | 11 | 2024

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El marco regulatorio es claro, pero actuaciones en los márgenes suscitan el debate legal y ético

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Brigada Givati de las Fuerzas de Defensa de Israel en el este de Rafah, en mayo de 2024 [FDI]

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El 7 de octubre de 2023, Hamas lanzó un ataque sorpresa sin precedentes que causó la muerte de más de 1.200 israelíes, convirtiéndose en el ataque con mayor número de bajas en la historia de Israel. Esta ofensiva provocó una operación militar en respuesta, que desde entonces ha cobrado la vida de más de 43.000 palestinos. Un informe de las Naciones Unidas afirmó que durante los primeros seis meses de conflicto alrededor del 44% de las víctimas verificadas eran niños y el 26% eran mujeres. Tras la expansión de las operaciones hacia Líbano por parte de las fuerzas israelíes el 1 de octubre de 2024, ha aumentado el temor entre los expertos respecto a una posible escalada que pueda derivar en una guerra regional aún más amplia.

El bombardeo sobre civiles palestinos, incluyendo ataques a escuelas y hospitales, ha atraído la atención global y ha puesto de manifiesto la inacción de la comunidad internacional ante acciones tomadas por el primer ministro Benjamin Netanyahu y su gobierno. En noviembre de 2024 la Corte Internacional de Justicia ha dictado una orden de arresto contra Netanyahu, atendiendo la acusación de ‘conducta genocida’ denunciada formalmente por Sudáfrica.

Decisiones gubernamentales

A raíz del comienzo del conflicto y en respuesta a las informaciones publicadas en diversos medios de comunicación sobre la venta de armas españolas a Israel, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España emitió un comunicado el 12 de febrero de 2024, en el que afirmaba que no se había otorgado autorización para ninguna venta de armas a Israel desde el 7 de octubre de 2023. Además, el 21 de mayo de 2024, España denegó el permiso de atraque en un puerto español a un buque danés que se creía transportaba explosivos destinados a Israel. De igual forma, el 7 de noviembre de 2024, se reveló que España denegó el permiso de atraque a otro buque en Algeciras bajo circunstancias similares. Estos eventos reforzaron aún más la postura de España respecto a la acción militar de Israel en la Franja de Gaza.

España e Israel habían sido grandes socios en el comercio de armas desde aproximadamente 2008, cuando España comenzó a comprar armas directamente a Israel, con gastos ese año que superaron los 10 millones de dólares. Esta práctica supuestamente continuó hasta octubre de 2023, cuando comenzó el conflicto en la Franja de Gaza. En respuesta a la escalada, el 23 de octubre de 2024, la ministra de Defensa de España, Margarita Robles, afirmó que España había suspendido sus contratos de compra de armas con Israel desde el estallido del conflicto. El Ministerio de Defensa añadió que, desde el inicio del conflicto, España solo había autorizado la reparación de piezas de repuesto, especialmente componentes aeronáuticos. Sin embargo, esta afirmación fue contradicha por una investigación publicada por algunas organizaciones de izquierda, que documentaron la continua compra de equipo militar a empresas israelíes o sus filiales en España hasta 2024. En consecuencia, este artículo examinará el comercio de armas entre España e Israel después del 7 de octubre de 2023.

La relación comercial entre España e Israel va más allá de la importación y exportación de equipo de defensa. También abarca la adjudicación de contratos para productos y servicios a empresas israelíes para las fuerzas armadas, así como las iniciativas colaborativas entre empresas españolas e israelíes orientadas a acceder a terceros mercados.

Las exportaciones de armas de Israel tienen una mayor importancia que las importaciones. Alejandro Pozo, investigador del Centro Delàs de Estudios para la Paz, destaca que las exportaciones a gran escala de armas permiten a Israel aumentar su capacidad de producción, lo que reduce los gastos asociados con el mantenimiento de la ocupación militar en Gaza. El gobierno israelí habría aumentado su gasto militar mensual de 1.800 millones de dólares antes del conflicto a aproximadamente 4.700 millones de dólares a finales de 2023. Además, el Ministerio de Defensa israelí anunció en junio de 2024 que sus exportaciones de defensa habían alcanzado un récord de 13.100 millones de dólares.

Marco legal y regulatorio

Dada la continuidad de España como socio comercial de Israel en medio del conflicto Israel-Hamas, resulta crucial comprender el marco legal y regulatorio que interviene en esas transacciones. En particular, la Posición Común del Consejo 2008/944/CFSP juega un papel fundamental en la regulación de la exportación de tecnología y equipos militares. Este marco tiene en cuenta consideraciones éticas, jurídicas y estratégicas.

El Consejo adoptó este marco el 8 de diciembre de 2008, y estipula que cada solicitud de licencia de exportación presentada por un estado miembro de la UE debe ser evaluada de manera individual, caso por caso. Las autoridades españolas deben considerar los riesgos particulares que cada exportación pueda implicar. El alcance de esta evaluación caso por caso no solo cubre las exportaciones físicas de equipo militar, sino también las licencias de intermediación otorgadas a aquellos que facilitan la transferencia de bienes militares entre terceros, las licencias de tránsito o transbordo y las transferencias intangibles de tecnología o software.

El Artículo 2 del marco establece ocho criterios esenciales que los estados miembros de la UE deben seguir al evaluar las solicitudes de licencias de exportación de armas militares, garantizando el cumplimiento de factores éticos, legales y estratégicos. En relación con el conflicto israelí-palestino, los Criterios Uno a Seis del Artículo 2 son particularmente relevantes para el análisis de la dinámica comercial entre España e Israel.

El Criterio Uno establece que se denegarán las licencias de exportación cuando entren en conflicto con obligaciones internacionales, como sanciones de la ONU o la UE, embargos de armas de organizaciones como la OSCE o compromisos derivados de tratados de no proliferación. Estos incluyen el Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP) y acuerdos principalmente orientados a prevenir la expansión de armas de destrucción masiva, como el Grupo de Australia o el Arreglo de Wassenaar. En la dinámica comercial España-Israel, España tendría que considerar si sus exportaciones militares a Israel violan alguna sanción o embargo de armas de la UE o de la ONU.

El Criterio Dos, por su parte, establece que los Estados deben respetar la legislación sobre derechos humanos en el destino de la exportación. La licencia de exportación debe ser denegada si existe un alto riesgo de que el equipo exportado pueda ser utilizado para represión interna. Además, la transferencia también debe ser rechazada si el equipo pudiera facilitar graves violaciones de derechos humanos en países en los que dichas violaciones ya se han constatado.

El Criterio Tres es especialmente relevante, ya que se refiere a situaciones en las que el equipo militar exportado podría exacerbar conflictos en curso. Se denegarán las licencias si existe el riesgo de que la exportación pueda desencadenar, prolongar o agravar tensiones o conflictos armados en el destino final.

El Criterio Cuatro tiene como objetivo el mantenimiento de la paz, la seguridad y la estabilidad regional. Los estados miembros de la UE deben denegar las licencias de exportación si existe un riesgo claro de que el equipo militar pueda ser utilizado de manera agresiva por el país receptor contra otra nación o para hacer valer reivindicaciones territoriales mediante el uso de la fuerza.

El Criterio Cinco explora cómo las exportaciones podrían afectar a los intereses de seguridad nacional del estado miembro exportador, de otros miembros de la UE o de países aliados. Debe tenerse en cuenta el riesgo de que los equipos militares exportados puedan utilizarse contra las fuerzas de la UE o sus aliados. En el contexto del conflicto de Gaza, este criterio sigue siendo relevante, aunque con algunos matices. España tendría que evaluar si sus exportaciones militares podrían contribuir a la escalada de las tensiones entre Israel y Hamas, asegurándose de que el equipo no aumenta los riesgos para la seguridad nacional de España o de sus aliados.

El Criterio Seis se enfoca en el comportamiento del país receptor en relación con el terrorismo y el derecho internacional. Israel mantiene una posición similar a la de muchos países occidentales en su postura contra el terrorismo. Sin embargo, la principal preocupación de España podría ser las acciones militares de Israel, que han sido criticadas por no cumplir siempre con el derecho internacional y el derecho humanitario, particularmente en sus operaciones en territorio palestino.

En un plano más procedimental, los Artículos 5, 6 y 7 se centran en el cumplimiento y la supervisión. El Artículo 5 establece que las licencias de exportación solo pueden ser otorgadas si se tiene un conocimiento previo fiable sobre el uso final del equipo militar en el país de destino final, lo que requiere un certificado de usuario final o documentación oficial del país receptor. El Artículo 6 aborda los bienes de doble uso, es decir, artículos con aplicaciones tanto militares como civiles, estipulando que los bienes que se cree que van a ser utilizados por las fuerzas armadas o de seguridad de los importadores deben someterse al mismo escrutinio que los bienes militares. Por último, el Artículo 7 subraya la importancia de la cooperación entre los miembros de la UE para maximizar la eficacia de sus políticas armamentísticas con otros países de la UE, como la suspensión de los acuerdos sobre armas tras la escalada en Gaza.

Por otro lado, España también cuenta con leyes nacionales que regulan el comercio de armas al margen de la Unión Europea. Se destaca la Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso, que establece que cualquier exportación de material de defensa o de doble uso debe ser autorizada por el gobierno español. Cualquier trato español con Israel, ya sea de compra o exportación, estaría sujeto a esta ley. Su objetivo es exigir una evaluación estricta del riesgo de violaciones de derechos humanos, agravamiento de conflictos e inestabilidad regional antes de conceder licencias de exportación.

Adicionalmente, el Real Decreto 824/1993, modificado por el Real Decreto 494/2020, establece que la Junta Interministerial para la Regulación del Comercio Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso (JIMDDU) es la encargada de evaluar las solicitudes de autorización de exportación. Este organismo tiene en cuenta la evaluación de riesgos de cada exportación, garantizando el cumplimiento de las normas legales y éticas, incluida la prevención de violaciones de derechos humanos.

Además de las normativas españolas y europeas, España también forma parte del Tratado sobre el Comercio de Armas (TCA), a diferencia de su homólogo comercial, Israel. El TCA impone responsabilidades vinculantes para regular el comercio global de armamento convencional y exige a los países adherentes que aseguren que las exportaciones de armas no contribuyen a graves violaciones del derecho internacional, los derechos humanos o a la escalada de conflictos. Según el Artículo 6 del TCA, España debe denegar cualquier envío de armas si existe un riesgo sustancial de que las armas se utilicen para perpetrar genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra. Teniendo en cuenta las circunstancias actuales en Gaza y la posibilidad de que el equipo militar se utilice en violaciones del derecho internacional, el TCA subraya aún más la necesidad de que España evalúe meticulosamente y, si procede, ponga fin a sus suministros de armas a Israel.

Tanto la legislación española como la europea, junto con los tratados internacionales, establecen un marco para evitar que las exportaciones de armas contribuyan a violaciones de derechos humanos, a la inestabilidad regional o a la escalada de conflictos.

Estudio de caso: acuerdos específicos sobre el comercio de armas

El ministro español de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, declaró en febrero de 2024 que el gobierno no había autorizado ninguna venta de armas a Israel desde el comienzo del conflicto entre Israel y Hamás. Anteriormente, había repetido esta misma declaración el 5 de diciembre de 2023 y el 29 de enero de 2024. Meses más tarde, en octubre de 2024, la ministra de Defensa, Margarita Robles, afirmó que desde el inicio del conflicto, España había suspendido sus contratos de compra de armas con Israel y solo había aprobado la reparación de repuestos por parte de Israel.

A pesar de las reiteradas declaraciones del ministro de Asuntos Exteriores, afirmando que se había suspendido la exportación de armas a Israel, Namno Palencia, filial de la multinacional noruega-finlandesa Namno, exportó en noviembre de 2023 a Israel munición por valor de 987.000 euros. La Secretaría de Estado de Comercio declaró que esta munición estaba destinada únicamente a fines de prueba y no para su uso en el conflicto en curso, además de que la autorización de la operación había sido realizada con antelación al estallido del conflicto. Sin embargo, España podía haber revocado esta licencia dado que el Criterio Dos del Artículo 2 de la Posición Común del Consejo 2008/944/CFSP exige la denegación de permisos de exportación si existen “indicios racionales” de que el material militar podría ser utilizado para desencadenar un conflicto o exacerbar tensiones.

Por otro lado, en relación con la afirmación de la ministra de Defensa de que España había suspendido sus contratos de compra de armas con Israel y solo había aprobado la reparación de piezas de repuesto por Israel, se documentó la continuación de la compra de equipo militar a empresas israelíes o sus filiales en España hasta enero de 2024.

El 15 de diciembre de 2023, se adjudicó a EXPAL, consorcio que incluye la firma española Escribano Mechanical and Engineering y la empresa israelí Elbit Systems, el contrato para el suministro del sistema lanzacohetes de alta movilidad SILAM, valorado en 697 millones euros (impuestos incluidos). Esta adjudicación se basó en la evaluación de que era “la única empresa técnicamente cualificada para el desarrollo del proyecto desde el punto de vista técnico, y se negociaron mejoras de interés para la administración”.

Adicionalmente, el 22 de noviembre de 2023, también se adjudicó el contrato a la empresa PAP Tecnos Innovación SAU, una filial de Rafael Advanced Defense Systems en España, para el suministro de 168 sistemas de misiles antitanque SPIKE LR2, valorado en 287 millones de euros (impuestos incluidos). De nuevo, los motivos detrás de esta adjudicación fueron los mismos que los del sistema lanzacohetes de alta movilidad SILAM.

Asimismo, también el 22 de noviembre de 2023, se adjudicó el contrato a Netline Communications Technologies (NCT) Ltd, una empresa israelí, para la adquisición de bienes complementarios para los sistemas de interferencia de frecuencias utilizados por las Fuerzas Armadas Españolas, valorado en 1.592.395 euros (impuestos incluidos). Los motivos fueron los ya expresados en los casos anteriores.

La adjudicación de estos contratos a empresas o subsidiarias israelíes, a pesar de las declaraciones públicas sobre la suspensión del comercio de armas con Israel, coloca a España en una situación incómoda donde se identifica un posible conflicto legal, ético y estratégico. Esta situación abre un debate sobre el cumplimiento de España con las regulaciones internacionales de comercio.

Obligaciones legales y consideraciones éticas en la exportación de armas

Con respecto a una evaluación de la Ley española 53/2007 y los criterios pertinentes establecidos en el Artículo 2 de la Posición Común del Consejo 2008/944/CFSP, España posiblemente debería haber revocado o suspendido cualquier licencia restante de exportación de armas a Israel. El gobierno español ya ha tomadomedidas similares en el pasado, como cuando en 2013 España suspendió temporalmente las licencias de equipos de defensa a Egipto tras un golpe de Estado o en 2011 impuso una suspensión temporal de las licencias de exportación de armas a los países de Oriente Medio y África del Norte afectados por las revueltas de la ‘Primavera Árabe’. Además, durante el mandato del expresidente español Mariano Rajoy, España suspendió temporalmente sus exportaciones militares en agosto de 2014 tras un ataque militar israelí en la Franja de Gaza que causó la muerte de más de 1.800 palestinos.

Estos casos subrayan la capacidad y el deber legal de España de cumplir con el derecho internacional y las normas de derechos humanos, asegurando que las exportaciones militares no contribuyen a perpetuar conflictos en curso ni a agravar las violaciones del derecho internacional. A la luz de las circunstancias prevalecientes en Gaza y las amplias repercusiones del comercio de armas de España con Israel, España tiene la obligación legal y ética de implementar un control estricto y garantizar que sus envíos de armas no agraven la violencia o la inestabilidad.