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Sobre el mantenimiento de cuidados
(a propósito del caso de Andrea Lago)

Antonio Pardo.
Unidad de Educación Médica y Bioética.
La Razón, 6 de octubre de 2015, p. 37.

Por las noticias de la prensa, la paciente padece una enfermedad neurológica, se encuentra actualmente impedida, y se alimenta a través de una sonda que va directamente a su estómago (gastrostomía); me ha parecido colegir que no padece ningún otro tipo de problemas.

La ética médica tiene reglas sencillas para determinar si se debe implantar una medida: se debe si es útil para algo y no produce molestias o daños desproporcionados; es optativo si no es útil pero no causa especiales molestias, o si es útil y causa muchas molestias, pero el paciente lo admite; y no se debe siquiera recomendar algo inútil que causa molestias desproporcionadas.

Si el caso es como se ha descrito al comienzo, la alimentación por gastrostomía y la limpieza y movilización de la paciente son intervenciones útiles que no causan especiales molestias o dolor a la paciente, por lo que estaría indicado mantenerlas.

Cuestión distinta sería si una complicación obligara a otro tipo de medidas más drásticas, que sí comporten una situación molesta o desagradable: estas otras medidas (como podría ser la aplicación de un respirador), serían de aplicación optativa y, si estuvieran ya implementadas, podría ser razonable retirarlas, aunque esto supusiera la muerte de la paciente.

De todos modos, los comentarios que he podido leer apuntan a considerar la alimentación como tratamiento, cuando se trata de cubrir una necesidad básica de todo ser humano. Sólo en el caso de que la propia alimentación resulte intolerable podría descontinuarse.

Noticia completa.

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