“El Pacto de Estado contra la Violencia de Género constituye un importante paso al frente en la lucha contra el maltrato hacia la mujer”
Una experta habla en la Universidad sobre las medidas adoptadas, entre las que destaca la ampliación del concepto de víctima de violencia de género
“El primer Pacto de Estado contra la Violencia de Género, aprobado por el pleno del Congreso de los Diputados el pasado 28 de septiembre, constituye un importante paso al frente en la lucha por la erradicación del maltrato hacia la mujer”. Así lo ha destacado hoy la profesora de la Universidad de Navarra Victoria Sánchez Pos, que ofreció una conferencia sobre los Juzgados de Violencia contra la Mujer.
La sesión forma parte de las actividades organizadas con motivo del Día de la Mujer por el GIHRE, Grupo de Investigación en Historia Reciente, en su línea de estudios sobre la mujer.
La experta en Derecho Procesal habló sobre la batería de 213 medidas de este Pacto, aprobado 13 años después de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. De ellas, 26 han sido consideradas prioritarias, y se pretende que sean objeto de ejecución a lo largo de este año. Entre estas, “la elaboración de protocolos de detección precoz en el ámbito sanitario, la mejora de la coordinación entre los juzgados y las administraciones, la ampliación de la formación de los profesionales de la Justicia y las fuerzas de seguridad, el desarrollo de estudios sobre la situación de los menores, y el establecimiento de medidas de sensibilización y prevención en todos los ciclos educativos”.
Ampliación del concepto de víctima: el ejemplo de Diana QuerUna de las medidas que más interés ha suscitado, según afirmó la profesora de la Facultad de Derecho, ha sido la ampliación del concepto de víctima de violencia de género: “Los grupos parlamentarios han entendido que constituye una violación de los derechos humanos y una forma de discriminación que comprende todos los actos de violencia basados en el género”. Así, explicó, se incluyen la violencia física, psicológica y sexual, incluida la violación; la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el acoso sexual y el acoso por razones de género, el aborto forzado y la esterilización forzada, incluso en los casos en que no exista con el agresor.
Pese a ello, agregó la experta, “la efectiva ampliación del concepto de víctima de la violencia de género no se producirá en nuestro país hasta que no se modifique la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género”. Sin embargo, desde el 1 de enero el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial computa en las estadísticas oficiales como violencia machista todos los delitos que cometan los hombres contra las mujeres por el hecho de ser mujeres, independientemente de si tienen o tuvieron una relación sentimental o no. “De hecho, Diana Quer ha sido la primera mujer en entrar así en las estadísticas”, indicó.